5 consideraciones legales para todo agroempresario
February 21, 2019 Gvavital
 in Agrobusiness

asesoramiento legal

Todo emprendimiento de un negocio conlleva innumerables consideraciones para el empresario.

Consideraciones sobre capital inicial, gastos operacionales, retorno de inversión, empleomaníay solicitud de permisos ante el gobierno, entre otras.

El sector agropecuario no es la excepción a la regla. Por tal razón, compartimos cinco consideraciones legales o aspectos básicos que todo agro empresario y agro empresaria debe atender para evitar complicaciones legales y maximizar los recursos de ley disponibles.

1. Asesoramiento legal

Es muy usual que un agricultor o agricultora entre en negociaciones, contratos y acuerdos sin conocer la extensión de las consecuencias legales de sus actos.

Sin embargo, el riesgo asociado con este proceder puede llegar a ser de magnitud tal que el éxito de su plan de negocios se vea obstaculizado. Contar con una asesoría legal correcta le puede proveer al agro empresario con herramientas adicionales para su éxito.

El conocimiento de sus limitaciones legales, así como de las obligaciones, responsabilidades y los derechos de cada figura o eslabón en la cadena de producción, venta y distribución agrícola es indispensable para evitar y resolver con eficacia gran parte de las controversias legales que puedan suscitarse. Debe recordarse además que en nuestro ordenamiento jurídico el desconocimiento de la ley no le exime ni le excusa de su cumplimiento.[i]

2. Reserva para gastos legales

Consecuentemente, la falta de asesoramiento nos lleva a nuestra segunda consideración. Esto es el establecimiento y mantenimiento de una reserva para gastos legales.

Todo empresario debe haber escuchado al menos alguna vez que debe establecer una reserva de al menos tres meses de ingresos para poder sobrellevar las “vacas flacas” o temporadas bajas y cubrir sus gastos operacionales.

Una reserva para estos gastos, junto con la asesoría adecuada, podría resultarle en una medida económicamente estratégica.

Sin embargo, los agro empresarios, al igual que muchos otros comerciantes, no cuentan con una reserva para gastos legales. Esto los coloca en una situación precaria al momento de tener que contratar representación legal, ya sea para defenderse de una acción o demanda en su contra, o incluso para iniciar una reclamación.

La implementación de una reserva para gastos legales y la obtención previa de representación legal ante una agencia o tribunal puede ser la diferencia entre prevalecer o incurrir en considerables cuantías por concepto de indemnizaciones o penalidades.

3. Redacción y uso de contratos

En innumerables ocasiones nos hemos encontrado con empresarios, dentro y fuera de la industria agrícola, que recaen en meros acuerdos verbales para el desarrollo de su empresa.

Uno de los problemas con este tipo de práctica es que luego puede surgir controversia en cuanto a la exactitud de los acuerdos u obligaciones mutuamente pactados. Dicha situación provoca aun más detrimento cuando se tiene que recurrir a presentar una acción legal ante tribunales o foros administrativos por el incumplimiento de la otra parte.

Ciertamente, un acuerdo o contrato verbal es tan válido como el escrito. Más sin embargo, al no contar un contrato que esté plasmado por escrito le resultará sumamente arduo poder demostrar no tan solo su derecho como perjudicado, sino también la obligación o compromiso exacto del que incumplió y hasta la mera existencia del acuerdo. Por otro lado, el uso de contratos por escrito le dará además la formalidad y el aspecto de seriedad empresarial que se desee proyectar.

4. Asuntos laborales

Una de las consideraciones más preocupantes y de mayor importancia para el sector agrícola lo deben ser los asuntos laborales.

Tal es así que existe legislación, tanto a nivel estatal como federal, para regular el empleo de los obreros agrícolas. Sin embargo, no todo patrono en la industria cuenta con contratos de empleo por escrito y mucho menos poseen un manual para el empleado.

La falta de manejo apropiado en los asuntos laborales, así como la ausencia de la documentación antes indicada, le resta herramientas de administración adecuada y le coloca en una situación vulnerable a reclamaciones legales frívolas.

Sin embargo, la ley reconoce que en un contrato de empleo se podrán establecer los pactos, cláusulas y condiciones que se tengan por convenientes, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público. De igual forma las obligaciones que nacen de un contrato de empleo tendrán fuerza de ley entre las partes.[ii] De tal modo, organizar apropiadamente los asuntos labores y de recursos humanos en su agro empresa le brindara más control sobre su operación y en la relación con sus empleados.

asesoramiento legal

5. Asesoramiento contributivo especializado

Todo agro empresario exitoso conoce los elementos intrínsecos de su negocio y de la industria particular que representa. Al igual que cualquier emprendedor, el agro empresario comenzará a ejecutar e implementar su idea de negocio utilizando los incentivos o subsidios que le estén inmediatamente disponibles.

Usualmente este tipo de apoyo inicial lo recibirá a través de las agencias adscritas a los Departamentos de Agricultura estatal y federal. No obstante, una vez se ha comenzado con la producción el enfoque del agro empresario se dirige hacia el mercadeo y venta de sus productos. Lo anterior es claramente un aspecto indispensable del agro negocio.

Sin duda, la gran mayoría de los agro empresarios conocen y se benefician de la Certificación de Agricultor “bona fide” y las exenciones tributarias que le provee.[iii]

Sin embargo, existen otros estímulos económicos que los agricultores pasan por alto. Entre estos se encuentran incentivos recogidos mediante leyes especiales y programas de otras agencias fuera del Departamento de Agricultura, así como créditos contributivos reclamables por virtud del Código de Rentas Internas de Puerto Rico.[iv]

Aun más, ciertas agroindustrias pudieran solicitar y beneficiarse de créditos mayores bajo el Código de Rentas Internas Federal.[v]Esto podría ser así aún cuando sus únicas obligaciones contributivas federales sean las de seguro social y medicare, e incluso sin haber estado sujeto a tributación por ingresos en la planilla federal.

¿Pero cual es el problema? Las agroindustrias no son el típico negocio en el cual a un comerciante le sería suficiente delegar su contabilidad en personas que desconozcan de los elementos intrínsecos de la agricultura. Es decir que, depender de una contabilidad básica sin enfoque agrario puede tener como consecuencia la pérdida de oportunidades tributarias únicas para su industria.

Como indicáramos al comienzo de este artículo, deben existir muchas otras consideraciones de vital importancia para el agro empresario. Sin embargo, brindarle atención desde el comienzo a los aspectos legales en su agro empresa podría beneficiarle a corto y largo plazo.

 

Notas al calce:

[i]Véase artículo 2 del Código Civil de Puerto Rico, según enmendado, 31 L.P.R.A. §2; y artículo 30 del Código Penal de Puerto Rico, según enmendado 33 L.P.R.A. § 5043.

[ii]Artículos 2.8 y 2.11 de la Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral, según enmendada, Ley Núm. 4 de 26 de enero de 2017.

[iii]Véase la Ley de Incentivos Contributivos Agrícolas de Puerto Rico, Ley Núm. 225 de 1 de diciembre de 1995, según enmendada, 13 L.P.R.A. § 10401 et seq.

[iv]Código de Rentas Internas de 2011, según enmendado, 13 L.P.R.A § 30011 et seq.

[v]Internal Revenue Code, 26 U.S.C. § 1 et seq.

Por Lcdo. Ernesto J. Zayas García, LL.M “AgroLegal”

El autor es agrónomo, abogado y notario con práctica legal enfocada en asuntos laborales, contractuales, contributivos, sucesorales y el derecho agrario. Actualmente, es Asociado en Reichard & Escalera, LLC. Para más información o coordinar una consulta puede contactarlo a través de ezayas@reichardescalera.com, 787-777-8813, o 787-354-4757.

 

00000